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Acuerdo de Convivencia

CAPITULO V: DEBERES Y DERECHOS DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 15º Deberes de los alumnos:  

 

a)      Respetar a los pares, a los docentes y a las autoridades dentro y fuera del Instituto.

b)      Actuar de manera solidaria, leal, respetuosa, sincera y abierta a los valores.

c)      Participar activamente en las propuestas de formación.

d)      Protagonizar su formación integral.

e)      Utilizar el lenguaje apropiado a su rol.

f)       Responsabilizarse de sus hechos y de sus dichos.

g)      Asumir el estudio con esfuerzo, dedicación y puntualidad.

h)      Canalizar a través del docente las inquietudes, iniciativas, dificultades y los aportes que estime correspondan y que se relacionen con las actividades educativas.

i)       Presentar, en los plazos establecidos y en debida forma, la documentación administrativa y académica exigida por el instituto.

j)       Respetar y hacer respetar el presente contrato.

k)      Asistir a clase puntualmente y participar en las actividades de aprendizaje.
No discriminar por raza, género, o por cualquier otra circunstancia personal o social. Respetar el Proyecto Educativo Institucional.

l)       Contribuir con la preservación de los bienes muebles, el material didáctico, los recursos didácticos, las instalaciones del instituto y las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.

m)     Cuidar la presentación personal y observar reglas de higiene y pulcritud.
Mantener una conducta acorde con su condición de alumno dentro del instituto. Abstenerse de participar en actos contrarios a la disciplina y al orden público, dentro y fuera del Instituto.

n)      Abstenerse de promover actividades político-partidarias dentro del Instituto.

 

Artículo 16º Derechos de los alumnos:

a)      Participar en la definición del proyecto educativo institucional.

b)      Disponer de la información atinente a  las normas que regulan el funcionamiento de la institución.

c)      Gozar de condiciones de equidad de género, raza, condición socioeconómica, religión, capacidades físicas especiales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

d)      Recibir formación que asegure el desarrollo de su personalidad conforme lo previsto en el Proyecto Educativo del Instituto.

e)      Ser evaluados de manera objetiva.

f)       Conocer la propuesta pedagógica del docente de cada espacio curricular y en cada cuatrimestre.

g)      Conocer los resultados de las evaluaciones en tiempo y forma.

h)      Evaluar el desempeño de los docentes y del servicio educativo. 

i)       Gozar del respeto de su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, éticas, morales o ideológicas, así como de su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.

j)       Gozar del respeto a su integridad física y moral y a su dignidad personal. 

k)      Desarrollar su actividad académica en debidas condiciones de seguridad e higiene.

l)       Privacidad de toda la información que de su persona disponga la institución. Recibir orientación y acompañamiento de las autoridades y docentes de la institución.

m)     Recibir asistencia médica de emergencia y gozar de un seguro.

n)      Ser atendidos oportunamente por las autoridades institucionales, observando las condiciones de organización previstas al efecto.

o)      Ser escuchado y ejercer su defensa en procedimientos administrativos disciplinarios en los que forme parte.

 

Artículo 17 º Deberes de los docentes

a)      Desarrollar su trabajo esforzándose en alcanzar los logros consensuados.

b)      Cumplir estrictamente su jornada y horario de trabajo.

c)      Relacionarse respetuosamente con los miembros del Instituto.

d)      Planificar, conducir y evaluar los procesos de enseñar y aprender.

e)      Actualizarse disciplinaria y pedagógicamente.

f)       Efectuar la devolución de las evaluaciones y los trabajos prácticos en tiempo y forma.

g)      Comunicar con la debida anticipación la no concurrencia a clases o la modificación excepcional en el horario de inicio y/o finalización de los encuentros.

 

Artículo 18 º Derechos de los docentes

a)      Respeto a su disponibilidad  horaria.

b)      Libertad para el desarrollar su trabajo sobre la base de la libertad de cátedra.

c)      Participar en la definición del proyecto educativo institucional.

d)      Disponer de información clara y precisa acerca e las normas que regulan el funcionamiento de la institución.

e)      Igualdad de oportunidades para el acceso a los espacios curriculares para los que posean formación y capacitación.

f)       Equidad de género, raza, condición socioeconómica, religión, capacidades físicas especiales, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

g)      Plena integración al Instituto.

h)      Ser evaluado de manera objetiva.

i)       Conocer los criterios con los que será evaluado.

j)       Evaluar el desempeño del personal directivo.

k)      Recibir información administrativa y académica confiable.

l)       Desarrollar su actividad académica en debidas condiciones de seguridad e higiene

m)     Reserva de toda la información que de su persona disponga la institución. 

n)      Asistencia médica de emergencia y seguro.

o)      Ser atendido justa y oportunamente por las autoridades institucionales observando las condiciones de organización previstas al efecto. 

p)      Ejercer su defensa en procedimientos administrativos disciplinarios en que forme parte.

 

Artículo 19º Deberes de los directivos

a)      Desarrollar su trabajo esforzándose en alcanzar los logros consensuados.

b)      Cumplir estrictamente su jornada y horario de trabajo.

c)      Relacionarse respetuosamente con los miembros del Instituto.

d)      Planificar, conducir y evaluar la gestión del instituto.

e)      Asegurar la atención administrativa de los alumnos y docentes.

f)       Publicar en la página WEB las normas de funcionamiento académico y administrativo.

g)      Celebrar reuniones ordinarias con los docentes, con los alumnos y con los Representantes Legales.

h)      Asegurar la provisión del material didáctico necesario y bibliográfico.

i)       Exigir la documentación necesaria a los docentes y a los alumnos.

j)       Supervisar la elaboración de las propuestas pedagógicas de los docentes. 
 

k)      Evaluar el desempeño de los docentes y de los alumnos.

l)       Disponer la aplicación de correcciones y sanciones en los casos previstos.

m)     Elaborar la propuesta de gestión.

 

Artículo 20º Derecho de los Directivos .

a)     Participar en la definición del proyecto educativo institucional.

b)      Ser evaluado de manera objetiva.

c)      Conocer los criterios con los que será evaluado.

d)      Desarrollar su actividad en debidas condiciones de seguridad e higiene.

e)      Recibir asistencia médica de emergencia y seguro.

f)       Ser escuchado y ejercer su defensa en procedimientos administrativos disciplinarios en los que forme parte.